En abril de este 2023 el Congreso español aprobó la Ley de Vivienda después de un acuerdo alcanzado entre el PSOE, Unidas Podemos, ERC y EH Bildu.
Sigue aumentando el tiempo que de espera para los propietarios en España que tienen sus propiedades okupadas.
La nueva Ley de vivienda aumenta los tiempos de espera para tener una sentencia que permita desalojar a los okupas de las viviendas y esta nueva Ley de Vivienda no lo pone fácil.
La okupación se ha convertido en uno de los principales miedos para los propietarios, una realidad que ya afecta a cerca 100.000 inmuebles en toda España, según estima la Plataforma de Afectados por la Ocupación.
¿Cuánto tarda un juzgado en desalojar a un okupa?
Actualmente el plazo medio se ha ampliado hasta alcanzar 20,5 meses, entre los procedimientos de los Juzgados de Primera Instancia y los de las Audiencias Provinciales.
Este año 2023 nos enfrentamos a unos datos poco saludables, ya que hay un retraso judicial en la okupación del doble que el años 2022 que se situó que en 10,9 meses
Según los últimos datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el periodo medio de los procedimientos verbales posesorios por ocupación ilegal de viviendas en los Juzgados de Primera Instancia y de Instrucción de lo Civil se situó en 10,9 meses en 2022, frente a los 9,6 meses de un año antes. En solo cuatro años, el plazo se ha más que duplicado (en 2018, el promedio en el conjunto del país se encontraba en 4,9 meses).
Es cierto que datos difieren en función de las comunidades autónomas y la duración media de los procedimientos judiciales por ocupación ilegal de viviendas, aún así el aumento de espera continúa en aumento en todas las comunidades autónomas; sin excepción.
Los cambios en la okupación con la Nueva Ley de vivienda:
Se acabaron los desalojos por sorpresa.
Se prohíben las intervenciones de la Policía y Cuerpos de Seguridad del Estado sin un previo aviso de el día y la hora, para que el okupa se pueda preparar.
Si tienes 5 viviendas eres un “gran tenedor”
El concepto de gran tenedor pasa de ser en 2022 una perona que tiene más de 10 inmuebles a más de 5 viviendas. Un gran tenedor es ahora la personas o empresas que tengan 5 viviendas de uso residencial en la zona declarada tensionada ; barrios o partes de barrios de una ciudad donde el precio del alquiler ha subido en los últimos años.
¿Qué obligaciones tiene un gran tenedor de propiedad en España con los okupas?
El gran tenedor debe demostrar que administrativamente ha intentado conciliar una solución con los okupas donde ambas partes se beneficien para evitar que se celebre un juicio. Si no haces constancia administrativamente ese intento de acuerdo; la demanda por el propietario será desestimada. Es decir que tienes que administrativamente por ley demostrar que has intentado llegar a un acuerdo con los okupas de tu vivienda que tú como Gran Tenedor de Propiedades para que muestre que como Gran Tenedeor de propiedad en España considera a los okupas, personas vulnerables o de lo contrario se le cancelarán todos los procesos judiciales que hayas tramitado respecto al desalojo de tu propiedad.
Aumentan los plazos de negociación del desalojo de los okupas.
Ahora, con la nueva ley de vivienda 2023, hay procedimientos que llevan más de 10 meses a la espera de resolución judicial.
¿Qué hago si han okupado mi vivienda?
La okupación no está incluida en el Código Penal y para emprender acciones legales contra los okupas, primero hay que distinguir entre la usurpación y el allanamiento de morada.
Diferencias entre la usurpación de una propiedad y el allanamiento de morada:
¿Qué es la usurpación de una vivienda?
La usurpación de una vivienda es la ocupación ilegal de una vivienda deshabitada sin el consentimiento de sus propietarios. Un tercero sin autorización toma el inmueble y lo convierte en su residencia. La sanción consiste en una multa económica, porque el bien inmueble no es considerado morada para la justicia.
¿Qué es el Allanamiento de morada?
El allanamiento de morada es el ingreso o permanencia en una vivienda sin la autorización del morador. Una persona que, aun siendo el inmueble habitado por su dueño, la intenta convertir en su propia vivienda sin permiso. Cuando se comprueba que el inmueble constituye morada las penas se agravan.
Los juzgados deberán solicitar a los servicios sociales un informe para acreditar si es una persona vulnerable. En caso afirmativo, se suspenderá el desahucio hasta que la Administración encuentre una alternativa habitacional en forma de vivienda, por un periodo de dos meses si el demandante es una persona física o de cuatro si es jurídica.
La mejor solución para los okupas son las inmobiliarias.
Si trabajas con una inmobiliaria reduces la posibilidad de tener unos inquilinos que acaben siendo okupas. Que tu vivienda de segunda residencia esté bien cuidada y gestionada por un profesional es una tranquilidad muy grande.
Pero ten cuidado con qué inmobiliaria eliges trabajar, porque no todas son legítimas ni ofrecen un servicio profesional, especialmente en áreas con altos volúmenes de turismo también hay muchas estafas. Así que siempre verifique las credenciales y las reseñas de los clientes sobre la inmobiliaria que elijas para cuidar tu propiedad.
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